Directiva UE 2011/7: 30 días por defecto, 40 € de indemnización, BCE+8 % de intereses. Entiende cada etapa y genera tu carta de reclamación o requerimiento listo para enviar.
Generar mi cartaUn proceso progresivo — primero amistoso, judicial como último recurso.
Email o llamada pocos días después del vencimiento. Preserva la relación. El 60 % de los impagos se resuelve en esta etapa.
Carta certificada con acuse de recibo que activa los intereses de demora y la indemnización de 40 €. Etapa obligatoria antes de la vía judicial.
Proceso judicial simplificado (ES: monitorio; FR: injonction; DE: Mahnverfahren; IT: decreto ingiuntivo). Rápido y económico.
Embargo bancario, de salario o de bienes muebles por el procurador o agente judicial — solo con título ejecutivo.
Esta directiva armoniza las normas de pago B2B y B2G en los 27 Estados miembros. Tus derechos son los mismos en España, Francia, Alemania o Polonia.
Plazo legal de pago: 30 días por defecto (B2B y B2G), ampliable a 60 días solo por acuerdo escrito
Intereses de demora automáticos: tipo BCE + al menos 8 puntos porcentuales (≈ 12,15 % en abril de 2026)
Indemnización fija de al menos 40 € por factura impagada + costes razonables de cobro justificados
Rellena el formulario — tu carta conforme a la Directiva 2011/7 se redacta en tiempo real. Copia o descarga en .txt.
Ningún dato se envía — todo permanece en tu navegador.
Rellena los campos para ver tu carta.
Diagnóstico gratuito en 5 minutos: auditoría de plazos de pago, plantillas legales, calendario de reclamación.
Generar mi cartaNo formalmente obligatorio en todos los países UE, pero muy recomendable: activa los intereses de demora y la indemnización de 40 €, prueba el intento amistoso y evita la apreciación judicial de abuso. Sin requerimiento, el proceso puede prosperar pero las opciones de recuperar todos los costes disminuyen.
Automáticamente desde el día siguiente al vencimiento de la factura, sin necesidad de requerimiento (artículo 6 de la Directiva 2011/7). Se acumula con los intereses de demora. Por varias facturas impagadas, los 40 € se aplican por factura, no una sola vez.
Sin oposición: 4–8 semanas para obtener el decreto, 1 mes para notificarlo al deudor y 1 mes para que sea ejecutivo. Si hay oposición, el asunto pasa a procedimiento ordinario (varios meses). El Proceso Monitorio Europeo (Reglamento 1896/2006) sigue plazos similares para créditos transfronterizos.
Sí — el artículo 6 de la Directiva 2011/7 permite expresamente al acreedor reclamar « costes de cobro razonables » más allá de los 40 €. Los gastos del procurador (notificación del requerimiento, del decreto, embargo) corresponden al deudor si la acción prospera.
Sí — bien por mandato (la empresa actúa en tu nombre a cambio del 8–25 % de lo recuperado), bien por cesión de crédito (venta definitiva, cobras al instante pero con descuento). Verifica siempre que la empresa esté inscrita en el registro nacional correspondiente.