Umbral 10 000 €, ventanilla única europea, IOSS para importaciones ≤ 150 €, autoliquidación B2B: todo lo que un emprendedor debe entender para vender en los 27 países de la UE sin errores de IVA.
Iniciar mi diagnóstico gratuitoEs el conjunto de reglas europeas que se aplican cuando una venta cruza una frontera dentro de la UE. Determinan quién recauda el IVA (vendedor o comprador), a qué tipo (país de origen o de destino) y dónde declararlo. Desde el 1 de julio de 2021, la ventanilla única OSS permite al vendedor declarar todo el IVA UE B2C en un solo país.
Una regla única para todas las ventas B2C intra-UE de bienes y servicios TBE.
Por debajo de 10 000 €/año (ventas B2C intra-UE acumuladas): aplica el IVA de tu país.
Por encima de 10 000 €/año: debes aplicar el IVA del país del cliente final, pero puedes declararlo todo vía OSS sin registrarte en cada país.
El umbral acumula ventas a distancia de bienes + servicios electrónicos/telecomunicaciones/radiodifusión (TBE). Se calcula sobre año natural, intra-UE únicamente (excluye tu propio país).
Tres esquemas distintos según tu situación y tu oferta.
👥 Empresas establecidas en la UE que venden a particulares de otros países UE
📦 Ventas a distancia de bienes + servicios B2C (TBE y otros)
📍 Estado miembro de establecimiento (tu país)
📅 Declaración trimestral
👥 Empresas extra-UE que venden servicios B2C a particulares UE
📦 Servicios B2C (TBE y otros)
📍 Cualquier Estado miembro UE (libre elección)
📅 Declaración trimestral
👥 Vendedores (UE o extra-UE) que envían paquetes ≤ 150 € a particulares UE
📦 Bienes importados en envíos de valor intrínseco ≤ 150 €
📍 EM de establecimiento (o cualquier EM vía intermediario para extra-UE)
📅 Declaración mensual
Desde 2021, la exención de IVA para envíos ≤ 22 € ha desaparecido. Todo envío B2C importado en la UE soporta IVA. IOSS permite al vendedor (o marketplace) recaudar el IVA en el momento de la venta y abonarlo mediante una única declaración mensual, evitando al comprador pagar tasas de despacho aduanero.
Tope: valor intrínseco del envío ≤ 150 € (excluyendo transporte y seguro facturados aparte)
Número IOSS comunicado en aduana → despacho instantáneo, sin IVA a la entrada
Marketplaces (Amazon, eBay, Etsy, AliExpress, Temu) son consideradas vendedor cuando facilitan la venta
ViDA 2027: IOSS pasa a ser obligatorio para todas las marketplaces que faciliten importaciones ≤ 150 €
Para ventas B2B entre sujetos pasivos identificados al IVA en dos países UE distintos, el mecanismo por defecto es la inversión del sujeto pasivo: el vendedor factura sin IVA con la mención «Inversión del sujeto pasivo — Artículo 138 Directiva 2006/112/CE», y el comprador declara el IVA en su país.
Vendedor: facturas sin IVA, mención obligatoria «Inversión del sujeto pasivo»
Comprador: declara IVA repercutido y soportado en su declaración (efecto neutro)
Verifica el NIF-IVA del cliente vía VIES (vies.ec.europa.eu) — guarda la captura de pantalla
Para ventas B2C por encima de 10 000 €, el tipo a facturar es el del país del cliente final.
| País | Estándar | Reducido | Súper-reducido | Prefijo IVA |
|---|---|---|---|---|
| AT — Austria | 20% | 10% / 13% | — | ATU |
| BE — Belgium | 21% | 6% / 12% | — | BE |
| BG — Bulgaria | 20% | 9% | — | BG |
| HR — Croatia | 25% | 5% / 13% | — | HR |
| CY — Cyprus | 19% | 5% / 9% | — | CY |
| CZ — Czech Republic | 21% | 12% | — | CZ |
| DK — Denmark | 25% | — | — | DK |
| EE — Estonia | 22% | 9% | — | EE |
| FI — Finland | 25,5% | 14% / 10% | — | FI |
| FR — France | 20% | 10% / 5,5% | 2,1% | FR |
| DE — Germany | 19% | 7% | — | DE |
| EL — Greece | 24% | 13% / 6% | — | EL |
| HU — Hungary | 27% | 5% / 18% | — | HU |
| IE — Ireland | 23% | 13,5% / 9% | 4,8% | IE |
| IT — Italy | 22% | 10% / 5% | 4% | IT |
| LV — Latvia | 21% | 12% / 5% | — | LV |
| LT — Lithuania | 21% | 9% / 5% | — | LT |
| LU — Luxembourg | 17% | 8% / 14% | 3% | LU |
| MT — Malta | 18% | 5% / 7% | — | MT |
| NL — Netherlands | 21% | 9% | — | NL |
| PL — Poland | 23% | 8% / 5% | — | PL |
| PT — Portugal | 23% | 6% / 13% | — | PT |
| RO — Romania | 19% | 9% / 5% | — | RO |
| SK — Slovakia | 23% | 19% / 5% | — | SK |
| SI — Slovenia | 22% | 9,5% / 5% | — | SI |
| ES — Spain | 21% | 10% | 4% | ES |
| SE — Sweden | 25% | 12% / 6% | — | SE |
Verificado abril 2026. Los tipos pueden cambiar (LU 16→17%, EE 20→22%, FI 24→25,5%, etc.). Fuente: Comisión Europea «VAT rates applied in the EU Member States».
El registro se hace online, gratuitamente, en tu país de establecimiento.
En el sitio de tu administración tributaria (AEAT, DGFiP, BMF, etc.). Surte efecto el trimestre siguiente.
Activa el IVA por país de destino en tu software de facturación, e-commerce o ERP. Verifica los 27 tipos.
Declaración única antes de fin de mes siguiente al trimestre, desglosada por Estado miembro de consumo. Pago en EUR.
La reforma «VAT in the Digital Age» (ViDA), adoptada en 2025, moderniza el IVA UE en varias fases:
2025-2027: marketplaces consideradas proveedor ampliadas (alquiler corta duración, transporte de pasajeros vía plataforma)
2027: IOSS obligatorio para todas las marketplaces que faciliten importaciones ≤ 150 €
2028: Single VAT Registration (SVR) — extensión OSS a movimientos de stock intra-UE, fin del régimen de existencias de reserva
Diagnóstico gratuito en 5 minutos: régimen IVA óptimo según tu actividad, umbral 10 000 € auditado, menciones obligatorias verificadas, calendario OSS.
Iniciar mi diagnóstico gratuitoOSS es opcional pero muy recomendable: sin OSS, deberías registrarte al IVA en cada país UE donde tengas clientes particulares. Con OSS, una sola declaración trimestral en tu país basta para declarar todo el IVA recaudado en los 27 estados. El registro surte efecto el trimestre siguiente.
OSS (One-Stop Shop) cubre las ventas B2C de bienes y servicios dentro de la UE (vendedor establecido UE → comprador en otro país UE). IOSS (Import One-Stop Shop) cubre las importaciones de bienes desde un país tercero hacia un comprador particular UE, siempre que el valor intrínseco del envío no supere 150 €.
No, por defecto facturas sin IVA con la mención «Inversión del sujeto pasivo» (Artículo 138 Directiva 2006/112/CE). El comprador declara el IVA en su país. Condición: su NIF-IVA intracomunitario debe ser válido en VIES (vies.ec.europa.eu). Conserva la captura de pantalla de la verificación.
Desde 2021, las marketplaces son «deemed supplier» para ciertas ventas: recaudan el IVA por ti. Facturas a la marketplace sin IVA y es ella quien aparece en el ticket cliente final. Comprueba tus informes mensuales — sigues siendo responsable del IVA en las ventas que la marketplace no recauda (B2B, fuera de tope, etc.).
Sí para el comercio de bienes intra-UE (Intrastat en cada país UE) por encima de umbrales nacionales. La declaración recapitulativa de servicios sigue siendo obligatoria desde el primer servicio B2B intra-UE. OSS no sustituye a estas declaraciones estadísticas.